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MIGUEL
GONZÁLEZ, Madrid
El pasado martes, durante su comparecencia ante el Congreso sobre
el síndrome de los Balcanes, el ministro de Defensa, Federico
Trillo-Figueroa, eludió comprometer indemnizaciones para
eventuales afectados antes de que se demuestre que sus afecciones
fueron causadas por el uranio empobrecido. Sin embargo, desde el
1 de enero, la ley dice que "se presumirá" como
producidos en acto de servicio, "salvo prueba en contrario",
el fallecimiento o la incapacidad "en el lugar y tiempo de
trabajo". El problema es que esta medida ampara a los mandos,
pero no a los soldados.
La
denominada Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de 2001,
en vigor desde hace tres semanas, modifica el artículo 47
de la Ley de Clases Pasivas del Estado, que regula las pensiones
extraordinarias para los empleados públicos que fallezcan
o sufran incapacidad permanente, por accidente o enfermedad, "en
acto de servicio o como consecuencia de él". Las pensiones
extraordinarias doblan en cuantía a las ordinarias.
Según la modificación aprobada, "se presumirá
el acto de servicio, salvo prueba en contrario, cuando la incapacidad
permanente o el fallecimiento del funcionario hayan acaecido en
el lugar y tiempo de trabajo".
Para los militares que participan en misiones en el extranjero,
el lugar de trabajo es toda la zona de operaciones y el tiempo de
servicio, las 24 horas. No serán ellos quienes tengan que
demostrar que su fallecimiento, accidente o enfermedad incapacitante
se ha producido en acto de servicio, sino Defensa la que, si no
quiere pagar, deberá aportar "prueba en contrario".
Vacío legal
Esta
medida no resuelve el problema de las enfermedades latentes que
se manifiestan años después de contraerlas, pero sí
amplía el nivel de protección.
El problema es que sólo afecta a los "funcionarios"
y, entre los militares, sólo tienen tal condición
los oficiales y suboficiales de carrera, mientras quedan excluidos
los soldados y marineros de reemplazo y profesionales, salvo los
pocos que accedan a la condición de permanentes, y los oficiales
de empleo.
Se pueda dar así la situación de que un mando y un
soldado que sufran la misma lesión o enfermedad en los Balcanes
sean tratados de forma muy distinta desde el punto de vista legal.
La nueva medida viene a agudizar la discriminación que, en
lo que se refiere a protección social, sufre la tropa profesional
respecto a sus mandos.
Ya antes de que el 1 enero entrase en vigor la nueva ley, su situación
era muy vulnerable. También una ley de Acompañamiento
de Presupuestos, la que se aprobó en diciembre de 1997, les
dejó sin el derecho a pensión que hasta entonces disfrutaban,
salvo que sufran una lesión permanente que les incapacite
o dificulte grave y permanentemente para ejercer cualquier trabajo.
En los demás casos, los soldados enfermos o lesionados pueden
ser despedidos, por pérdida de las mínimas condiciones
psicofísicas requeridas para ser militar, o no ver renovado
su contrato temoral, sin más derecho que el de percibir una
magra indemnización. Pero incluso el cobro de la misma resulta
muy problemático, debido a un vacío legal que se prolonga
desde hace por lo menos año y medio.
El decreto que regula estas indemnizaciones se aprobó el
7 de mayo de 1999, pero está pendiente de desarrollo, pues
no existe el cuadro con las cuantías económicas que
corresponden a cada lesión. Provisionalmente, se aplica el
aprobado en 1990 para el servicio militar. Sin embargo, como aquél
fue diseñado para los reclutas forzosos y no para los soldados
profesionales, se refiere casi exclusivamente a lesiones derivadas
de accidente y no a enfermedades.
No incluye, por ejemplo, ningún trastorno psiquiátrico,
ni tampoco ninguna forma de cáncer, pues Defensa no consideraba
que la leucemia o el linfoma de Hodking que padecen algunos veteranos
de los Balcanes pudieran ser una enfermedad profesional de los militares.
Incluso si se demostrara que estas afecciones fueron causadas por
el uranio empobrecido, no hay ninguna previsión legal sobre
la indemnización a percibir.
Trillo-Figueroa aseguró en el Congreso que la única
incidencia significativa en la salud de las tropas en la ex Yugoslavia
es "una mayor aparición de procesos de ansiedad y estrés".
Sin embargo, a la ex cabo María Jesús Pérez
Rozada, de 28 años, a quien se le diagnosticó "trastorno
depresivo mayor con ideación suicida", a su regreso
de Bosnia, donde estuvo de octubre de 1994 a abril de 1996, se le
negó cualquier indemnización porque esta "patología
no se puede incluir ni directamente ni por analogía"
en el cuadro de lesiones de 1990.
La misma respuesta recibió J. P., un soldado de 24 años
a quien se le extirpó un testículo debido al cáncer
que padeció tras participar, entre noviembre de 1998 y enero
de 1999, en la misión humanitaria desarrollada en Centroamérica
con motivo del huracán Mitch.
Sin derecho a asistencia sanitaria ni pensión
M. G, Madrid
Al ex cabo primero del Ejército del Aire L. M. R. H. se le
denegó en julio de 1999 el derecho a recibir asistencia por
parte de la sanidad militar. En octubre de 1995, mientras se entrenaba
para un campeonato militar de balonmano, sufrió una lesión
de la que fue atendido en el botiquín de la base de Zaragoza.
El 29 de abril de 1997 fue intervenido de una hernia discal y el
12 de octubre de 1998 se le rescindió su contrato
La ley del Personal Militar reconoce el derecho de los soldados
que dejen las Fuerzas Armadas por motivos de salud a seguir recibiendo
asistencia sanitaria militar si no tiene cobertura pública.
Sin embargo, se le negó este derecho, alegando que la entrada
en vigor de la ley, el 19 de mayo de 1999, fue posterior a su marcha
y no se podía beneficiar de ella retroactivamente. En cambio,
aunque la lesión databa de 1995, se le negó el derecho
a pensión, que tenían los soldados hasta una ley que
entró en vigor en 1998.
¿Cuanto vale la pierna de un militar?
M. G., Madrid
El 4 de marzo de 1997, el soldado Manuel C. C. fue atropellado por
un autobús cuando se dirigía en moto a la base de
El Goloso (Madrid). El Tribunal Médico Central decretó
su baja en el Ejército, por pérdida de las condiciones
psicofísicas necesarias como consecuencia de las lesiones
que sufrió en su pierna derecha. Dicho tribunal militar admitió
que el accidente se produjo en acto de servicio y acabó reconociéndole
una indemnización del 60% (inicialmente era del 20%, pero
presentó dos recursos). En total, unos tres millones de pesetas.
Por los mismos hechos, aplicando los baremos del seguro obligatorio
de vehículos, el juzgado de instrucción número
32 de Madrid condenó al conductor del autobús, responsable
del accidente, a indemnizar a Manuel C. C. con 22,8 millones de
pesetas por las lesiones, secuelas y daños causados. El ejemplo
ilustra el diferente valor que Defensa y la sociedad civil dan a
una pierna.
Un
libro sostiene que EE UU fabricó armas con uranio en centros
contaminados con plutonio
EFE,
París
Algunas de las armas con uranio empobrecido utilizadas en la guerra
del golfo Pérsico y los Balcanes fueron fabricadas con materiales
que procedían de tres centros de reciclaje contaminados con
plutonio en Estados Unidos, según los autores de un libro
que se publicará próximamente.
"Es allí donde hay que ir a buscar la principal explicación
de los síndromes del Golfo y de los Balcanes", explica
Martin Meissonier, coautor con Frédéric Loore y Roger
Trilling del libro Uranio empobrecido, la guerra invisible, del
que se hace eco hoy Le Journal du Dimanche.
Los autores del libro explican la contaminación con plutonio
del centro de Paducah (Kentucky, EE UU) y, citando datos del Departamento
estadounidense de Energía, se hacen eco de otras dos fábricas
de uranio empobrecido de ese país también contaminadas
con plutonio y otros transuránicos. "Las armas utilizadas
en el Golfo y los Balcanes fueron fabricadas con materiales procedentes
de las existencias de esos tres centros", dice Meissonier.
El llamado síndrome de los Balcanes se suma al síndrome
del Golfo, que afecta a decenas de miles de soldados, en su mayoría
estadounidenses y británicos, pero también de otros
países que participaron en la coalición que, liderada
por EE UU, liberó a Kuwait de la ocupación iraquí
a principios de 1991.
La presencia de restos de plutonio, elemento muy tóxico y
radiactivo, en municiones de uranio empobrecido utilizadas en Kosovo
y Bosnia es "tan pequeña e irrelevante que no es motivo
de preocupación", sostuvo un portavoz de la OTAN la
semana pasada.
Transuránicos
Tras
las revelaciones periodísticas de que las municiones empleadas
por EE UU en los Balcanes contenían plutonio, además
de uranio, la OTAN distribuyó una nota del Departamento estadounidense
de Defensa según la cual dichas armas "pueden"
contener "rastros de transuránicos" (neptunio,
plutonio y americio).
Sin embargo, tanto el Pentágono como la OTAN minimizaron
el peligro que estos elementos pueden entrañar. Según
los autores de La guerra invisible, el origen de estos síndromes
está en la planta nuclear de Paducah. Indican que ante la
escasez de uranio, la entonces Comisión de Energía
Atómica, predecesor del actual ministerio de Energía,
"intentó paliarla reciclando en Paducah los residuos
de uranio por el procedimiento del enriquecimiento".
"El polvo contenía sustancias desechadas en el proceso
de fabricación del plutonio (...) Como la materia se escapaba
y era arrojada, los contaminantes se acumularon en los kilómetros
de tuberías utilizados para enriquecer el uranio", señalan.
En Paducah, cientos de trabajadores contrajeron enfermedades parecidas
cuyos síntomas eran parecidos a los del síndrome del
Golfo.
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